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¿PUEDEN UNA PERSONA JURÍDICA Y UN TERCERO CONTRATAR UN AVALVIDA?

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Sí.
Al igual que el arrendatario del inmueble puede ser una persona jurídica, también lo puede ser el poseedor o contratante del seguro de ahorro apto para un aval de alquiler de AvalVida.
También es posible que el avalista, que responde en caso de impago de las rentas mensuales, sea una persona diferente al arrendatario.
En AvalVida ya hemos realizado operaciones de las características mencionadas.

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